El caso es que en Madrid hay un registro civil único en la calle Pradillo 66. Habéis oído bien, un único registro para los tres millones y medio de habitantes de esta caótica ciudad. Claro, una piensa que al haber un solo registro, éste tendrá mucho personal y atenderán a muchísima gente al día pero no es así, qué va. SOLO RECOGEN LA DOCUMENTACIÓN DE DIECIOCHO PERSONAS AL DÍA en lo referente a matrimonios, de las miles que se presentan para entregarla cada jornada. El jaleo que había montado en la planta quinta, la dedicada a estos menesteres, era tremendo. Había quien lloraba porque se le iban a caducar los documentos, otros gritaban a los funcionarios, estos también gritaban a su vez a los ciudadanos… madre mía.
Cuando nos han atendido a mi bruja y a mí –horas después- nos han dicho que o bien nos daban cita para septiembre, o bien teníamos que llegar de madrugada para coger número y que nos pudiese tocar ese día cuando abriesen la atención al público, a las nueve de la mañana. Tercermundista, vamos.
Hemos optado por hacer esto último, ya os contaré qué tal es hacer cola delante de un feo edificio de ladrillos a eso de las cinco de la mañana.
Con respecto a la documentación que necesitáis el día que por fin consigáis que os atiendan, es esta:
-Declaración jurada de soltería de las dos contrayentes (te la dan en ventanilla, la rellenas y la firmas).
-Original y fotocopia del DNI.
-Certificado literal de nacimiento, que se puede pedir online aquí (ojo, hay de dos tipos, en extracto o literal, pedid el literal).
-Empadronamientos de los dos últimos años, que se piden en la junta de distrito.
Muy importante: el día que entreguéis todo esto, debéis ir obligatoriamente con un testigo mayor de edad. Y, claro está, tenéis que ir las dos.
Si alguna de las dos está divorciada tiene que llevar el certificado literal del matrimonio anterior con la anotación marginal de divorcio, y si es viuda el certificado literal del matrimonio anterior, así como el certificado literal de defunción del cónyuge fallecido. Si alguna de las dos es extranjera, necesitáis sacaros el certificado de capacidad matrimonial o el de soltería de vuestro país de origen (lo mismo que el de divorcio o el de viudedad si es vuestro caso). Si está en otro idioma, necesita traducción jurada. Para más información al respecto, podéis acudir al Ministerio de Asuntos Exteriores.
Creo que no me dejo nada, pero como digo, quien sepa más cositas o ya haya pasado por este horrible trámite, tiene abiertos los comentarios.
Ya os contaré cómo va la cosa, deseadnos suerte.
Eso sí, en Madrid tenemos unos túneles es-tu-pen-dos.
25 comentarios:
jajjaaaajajjaaaa jijiijiiii, perdonad la risa pero entendedme: es una risa histérica. Como alguien que ha pasado por eso del tema Pradillo en varias ocasiones (sip, no sólo por la boda) os voy a dar un consejo IMPORTANTÍSIMO: la copia del certificado de nacimiento CADUCA. parece mentira que un doc que avala que nacisteis UN DIA en UN SITIO pueda caducar... se supone que será siempre el mismo ¡PUES NO, SEÑORAS!, asi que importantísimo que una vez que os pongais en el proceso NO PAREIS, la que pierde comba se queda fuera y tiene que volver a empezar DESDE EL PRINCIPIO
JAJAJAA JIJIJIIIIII ¿¿entendeis ahora mi risa histérica??
tercermundista, no podía ser de otra manera.
Mi chica se viene a vivir a Madrid conmigo HOY!!! y nos gustaría formalizarnos como "pareja de hecho". Tanto para la boda como para este otro trámite había oído que es necesario aportar un año de convivencia, ¿es eso cierto? ¿De dónde leches se saca el empadronamiento de dos años anteriores y para que? ¿Si la persona no está empadronada en Madrid no se puede casar?
Es una lástima que las cosas sean así... Spain is different!!
Gracias por el post!
Lo del año de convivencia no lo sé, a ver si alguien te lo puede responder. No me extrañaría que fuera como dices, yo que tú iría al registro (glubs) a preguntar. El teléfono apenas lo cogen.
Respecto al empadronamiento, se pide en la junta del distrito del lugar donde estás empadronada, si no es Madrid debe ir allí a solicitarla. Si, además, necesitas otro porque en ese lugar llevas menos de dos años, en la junta del distrito del lugar anterior pides lo que se llama un histórico que demuestra que vivías allí antes.
Espero que te haya servido.
¡Suerte en la jungla!
Hhhhhhhhhh Hester... qué miedo...
Primero, gracias por la cita de Dota Yonson, a ver si así convenzo a Ratita de que acepte mi mano en matrimonio, por amor, porque me gustan sus manos... En fin...
Segundo, un meta-comentario para Farala: mmmm, vale que la partida de nacimiento no cambia de un día para otro, y que desde luego fecha y lugar son siempre los mismos, pero doy fe de que SÍ cambia ;-)
Tercero: Es alucinante el atasco del Registro, y estoy temblando porque necesito una partida de nacimiento "Limpia" (no las que se piden por Internet), dónde sólo conste mi filiación actual, y no la antigua rectificada al margen.
Último: gracias, Hester, seguro que nos has sido muy útil a muchas de nosotras.
Besos.
Menos histerismo algo tan fácil como venirse a Canarias para casarse y de paso se dan unas vacaciones. Aquí cada ayuntamiento tiene un registro civil basta ir a uno muy pequeñito donde no hay ninguna cola y te lo hace el mismo día después de los trámites obligatorios de poner el documento a vista del público diez días y todo eso pero es muy rápido y sin ningún engorro. El Ayuntamiento de las Palmas tarda algo más pero en pequeños ayuntamiento tipo San Mateo es todo muy rápido y con un alcalde simpatiquísimo
El problema, Ico, es que casarnos nos podemos casar en cualquier parte de España, pero el papeleo hay que hacerlo en tu comunidad autónoma, así que del registro de Pradillo seguiríamos sin librarnos. Si yo decido casarme en Canarias, mi registro tendría que enviar los papeles allí. Pero vamos, que me sigue pareciendo fatal, la gente tiene derecho a casarse en su comunidad si quiere, para que sus seres queridos puedan ir a su boda.
Olga, mucha suerte, ya nos contarás qué tal esos trámites.
Oye que cosa mas dificil lo del casamiento. A mi me da mucha pereza lo del papeleo sea del tipo que sea. Muchos animos para esas largas colas de la calle Pradillo, cuando vivía en Madrid siempre dije calle Pardillo...será que cuando vas te hacen sentir así, un poco pardilla. Pues eso, que muchas suerte chicas con los papelotes y por supuesto desearos lo mejor. Enhorabuena a las dos.
Y no, no me imagino yo a Ellen y Portia haciendo cola en "pardillo"
Ahora que...me encantaría verlo!
Un besote!
Le he pedido a mi chica que os cuenta los trámites, porque a mí se me olvidan. Se encarga ella del papeleo.
Lo de la partida de nacimiento, bien sé que caduca. Como si una vez nacida pudieras nacer otra vez. Pero también comprendo lo que dice al respecto Olga_C ¡Se puede nacer dos veces!
Aquí las cosas son más fáciles que en Madrid. Lo sé porque para pedir la partida de nacimiento de mi hija tuve que ponerme en cola a las 2 de la madrugada allí en los madriles. A las 9 y media lo conseguí!
A ver si Sonia os cuenta, porque casi todo es parecido pero no igual, por lo menos aquí las colas no (pero la verdad es que éramos pocas y suscitamos mucho interés, jeje).
Bueno chicas ánimo, tal como os dice C. C. nosotras no hemos tenido problemas, lo único el certificado de empadronamiento que era inferior a dos años y eso lo hemos solucionado pidiendo otro al ayuntamiento donde estábamos antes empadronadas. Todo el trámite tarda unos tres meses más o menos, al menos es lo que nos dijo a nosotras la funcionaria.
Saludos
Bueno cuento mi experiencia de casarme con una extranjera por si a alguien le sirve porque hay que añadir algunos detalles:
1. Todos los documentos de la futura extranjera (partida de nacimiento, certificado de divorcio previo si lo hubiera, etc.) tienen que ir sellados con la apostilla de La Haya en caso de que los hayáis obtenido en el país de origen. De lo contrario, tendréis que hacer los trámites correspondientes en vuestro consulado y en el Ministerio de Asuntos Exteriores. Very important.
2. Con el empadronamiento, no dejéis que os líen: en el municipio en el que tengáis pensado contraer matrimonio (Madrid, Barcelona o Quintanilla de los pimientos) únicamente es obligatorio que esté empadronada UNA de las contrayentes. Cuando yo tramité mis papeles, mi pareja llevaba 10 días en España como turista y lógicamente no estaba empadronada. A veces hay que explicárselo a los funcionarios, que se empeñan en que tenéis que estar empadronadas las dos en el mismo sitio. No es así.
3. CERTIFICADO DE CAPACITACIÓN MATRIMONIAL: En el caso de que la churri sea extranjera, os pedirá un certificado de capaticación matrimonial (o soltería, o lo que sea) de su país de origen que certifique que esa persona está en situación legal de contraer matrimonio. Esto se puede obtener en el consulado del país en cuestión; algunos países dan más la lata que otro, preguntad en vuestro consulado.
4. BANDOS: Algunos países (no Estados Unidos, por ejemplo) exigen la publicación de bandos antes de contraer matrimonio. Tanto si se exige como si no, necesitáis que el consulado lo confirme y, en su caso, necesitáis solicitar la publicación del bando en el consulado correspondiente. Uno de estos países es Bélgica, por ejemplo, pero hay más.
5. MUY IMPORTANTE: por mucho que os cuenten, la futura cónyuge extranjera NO tiene por qué ser residente permanente en España. Es decir: si vuestra novia es Argentina y queréis casaros aquí, ella puede venir desde Argentina con un visado (si se lo dan, que esa es otra) y podéis realizar entonces la solicitud. Eso sí: tendréis que solicitar una prórroga extraordinaria del visado (o de la estancia sin visado de 90 días para ciudadanos extranjeros que no necesitan visado) con el fin de que la persona pueda quedarse legalmente en el país mientras se tramita vuestra solicitud.
6. ENTREVISTA: Es posible que os llamen para realizar una entrevista. No siempre ocurre (en mi caso no hizo falta) pero a veces sí lo hacen, para comprobar que no tenéis intención de cometer fraude de ley contrayendo matrimonio con una desconocida. Fundamental que os podáis comunicar al menos en el mismo idioma (no tiene por qué ser el castellano).
El principio hubo algunos problemas con jueces que se negaban a casar si el cónyuge era extranjero, alegando que la ley de matirmonio de su país de origen no reconocía el matrimonio entre personas del mismo sexo. Existe una circular del Registro Central creo recordar que de agosto de 2005 que clarificó la cuestión y que declara que, en el caso de que la ley personal del contrayente extranjero no reconozca el matrimonio entre personas del mismo sexo, se le aplicará la ley española.
Qué más... ah, sí: preparad un montón de pasta y otro montón de paciencia. Los papeles son caros y entre viajes al consulado, papelinas, sellos, apostillas y demás te puedes gastar una pasta gansa.
:-)
Respondo a lo del certificado de convivencia: para nada es necesario "demostrar" que haya existido ningún tipo de convivencia previa al matrimonio, no te preocupes :-) Respecto al empadronamiento, lo mismo: si sois las dos españolas, en la localidad del Registro donde hagáis la solicitud tiene que estar empadronada UNA de vosotras; la otra puede estar empadronada en cuaqluier otro punto del planeta. Si es en España, con aportar un certificado de empadronamiento de los dos últimos años, vale. Si es en el extranjero, solicitadlo a vuestro consulado.
Si vuestra pareja es extranjera y ha estado viviendo en España en situación irregular, es posible que os pongan alguna pega si no podéis aportar un certificado de empadronamiento. En este caso, y por si las moscas, es mejor buscar un abogado que os lleve todo el papeleo y os asesore correctamente.
Si os llaman para una entrevista, sí es recomendable tener cuantas más pruebas mejor de que tenéis una relación afectiva...
Asusta un poco al principio pero para nada es difícil. ¡Ánimo!
Perdón, otra cosa importante:
Si alguna de vosotras es ciudadana española que ha contraído matrimonio previo en el extranjero y cuyo divorcio se ha tramitado en un tribunal extranjero, tendréis que solicitar en España el llamado "exequatur", que básicamente es la convalidación de vuestra sentencia judicial extranjera en España. Esto es un puto rollo porque puede tardar incluso un año, así que tendréis que prepararlo con tiempo. AVISO: Esto ***NO*** es aplicable si la divorciada es la futura cónyuge extranjera. Sólo se aplica a los ciudadanos españoles.
Moraleja: no os caséis y os divorciéis en
en Bali, iba a decir. Que no os caséis en Bali. Eso sólo lo pueden hacer los ricos.
De nada, son 400 euros.
Besos :-)
¡Mil gracias, Ave, por tan valiosa información!
Aclaro que lo de la apostilla de La Haya es para evitaros el proceso de legalización de documentos extranjeros, simplemente es más cómodo si solicitáis el documento en vuestro país con la apostilla (en Estados Unidos solicitas el documento con la apostilla en el momento de la solicitud). Si el documento no tiene apostilla, tendréis que legalizarlo siguiendo estos pasos:
1. Solicitud del documento.
2. Traducción jurada.
3. Apostilla del consulado de España en el país de origen.
4. Legalización (son unos sellos) en el Ministerio de Asuntos Exteriores en Madrid.
Es un poco lioso y fatigoso, pero no tendréis problemas si seguís los pasos. Más info aquí:
http://www.sitiosespana.com/paginas/tramites/apostilla_haya.htm
Y aquí:
http://www.parainmigrantes.info/apostilla-de-la-haya-legalizacion-documentos/
"La Apostilla de la Haya suprime el requisito de legalización diplomática y consular de los documentos públicos que se originen en un país del Convenio y que se pretendan utilizar en otro. Los documentos emitidos en un país del Convenio que hayan sido certificados por una apostilla deberán ser reconocidos en cualquier otro país del Convenio sin necesidad de otro tipo de autenticación."
De nada Hester, guapa :-)
Cuando quieras, te explico los trámites del divorcio por el mismo módico precio. Je.
Jajaja... bueno, ¡toco madera!
Desde el blog en apoyo al “Premio Maria Amelia López Soliño” a la mejor bitácora escrita por una persona de la tercera edad, te agradecemos el cariñoso comentario de condolencia dejado en su blog y te animamos a estimular a los más mayores a seguir su ejemplo.
Ojalá pronto caigan las barreras que aún existen para que todos sin excepción puedan vivir su amor con normalidad.
Un saludo afectuoso.
Casarse por lo civil debería ser muy sencillo. Antes no lo era, en el 81 que es cuando me casé, pero tampoco fue tan grave ni costoso. Ahora aquí es mucho más sencillo, incluso te puedes casar en preciosas salones del ayuntamiento. Hace poco asistí a una boda en el Saló de Cent. Una obra de arte gótica. Yo tuve que casarme en una sala donde juzgaban delitos. Creo que a mi hija le costó menos de una hora conseguir el papeleo.
Iba a decir que NODO y crédito, pero cualquier cosa que pase en Madrid, ya, como que ni me conmueve.
Eso sí, os deseo mucha, mucha suerte a tu brujita y a ti.
Es que la gente no quiere perder su historia y lucha por ello:"vuelva usted mañana".
Te cuento en resumen, ahora que lo tengo más fresco, el cómo funciona en Granada:
Se llevan al registro civil estos documentos (sin cita previa y entras enseguida):
-la partida de nacimiento de las dos.
-en caso de estar divorciada, certificado de matrimonio con anotación marginal de divorcio.
-Certificado de empadronamiento que abarque los dos últimos años. Si has estado en varios sitios, completar los dos años con esos sitios.
- Aunque no es un papel, también se lleva al registro civil una persona que servirá de testigo y que debe conocer a las dos contrayentes.
Si todo está correcto, el Registro Civil lo pasa al Juez, lo firma y traslada el expediente a donde te quieras casar.
En este sitio (en nuestro caso Ayuntamiento) permanece expuesta al público la "intención de matrimonio" y los nombres.
Si no hubiera alegaciones en contra, los documentos se devuelven al Registro Civil, y de allí ya te avisan para que recojas la documentación y puedas pedir cita formalmente en el lugar (ayuntamiento, o donde sea) donde quieras celebrar el matrimonio.
(es que hoy ha tocado hacer una parte de esos trámites)
Aquí llegas al registro civil y como mucho esperas media hora a que te toque. Atienden sentaditas a la mesa, amablemente y sin prisas. Hoy no ha habido que esperar, ha sido llegar y topar con la funcionaria que nos atendió la primera vez.
Joeeeeeeeer, si antes ya me daba yuyu lo de casarme, ahora que sé que conlleva tantos papeleos no me caso ni "jarta gaseosa".
¡¡Mucha suerte con los trámites y felicidades por la boda!!
No puedo evitarlo, tengo que dejar vídeo: es un vídeo graciosa en respuesta a todos esos televangelistas (y otros rancios) que comparan el matrimonio entre personas del mismo sexo con hipotéticos matrimonios con perros, gatos o... PATOS: Sex with ducks. Cuidado, que es una cancioncilla la mar de pegadiza.
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